A través de la Instrucción de 19 de enero de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, relativa a periodos de guardia imputables como lectivos, nos enteramos que la Consejería no solo no retira la Orden EDU/491/2012, de 27 de junio, por la que se concretan las medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, como debería haber hecho ya, sino que saca una norma ilegal (pues contraviene dicha Orden) y recorta aún más derechos al profesorado.
La Orden citada, en su artículo 4.4., dispone como criterio general que cuando el profesorado tenga asignados períodos de guardia para atender al alumnado en caso de ausencia de algún profesor, uno de dichos períodos se considerará lectivo (salvo profesorado tutor de ESO).
Sin embargo, en la Instrucción que han publicado, nos dicen que la primera guardia no se considerará ya como lectiva para todo el profesorado, sino solamente para aquel que tenga 19 periodos lectivos. El resto, profesorado con 20 o 21 periodos lectivos (sin contar guardia alguna) y el profesorado con jornada parcial se tendrá que conformar con que todas sus guardias se consideren complementarias, como ocurría antes de 2012, con la diferencia de que entonces nuestras jornadas lectivas eran de 17 horas.
Para nuestro colectivo se consideraba la guardia lectiva con 15 horas de clase.
Desde APPRECE consideramos que esta nueva interpretación de la Orden EDU/491/2012 constituye un serio agravio comparativo injustificado entre docentes con jornadas completas y parciales, y entre docentes con mayor o menor número de horas lectivas.